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CASO

Radicado: 1100160000028201603772 NI 281049
Procesado: Rafael Manuel Uribe Noguera
Denunciante: De oficio
Delito: Feminicidio agravado y otros
29 de marzo de 2017, Bogotá. 

HECHOS:

Sobre las 9:00 a.m. el señor Rafael Uribe Noguera abandonó el edificio residencial  Equus 64 ubicado en la calle 64 A No 1 A 85 de la ciudad de Bogotá, conduciendo el vehículo color gris marca Nissan X – Trail de placas DBO 960. Tomó rumbo hacia el barrio Bosque Calderón en el nororiente de la misma ciudad y sobre las 9:12 a.m. se ubicó frente al inmueble identificado con la nomenclatura transversal 4 Este No 59 – 69. De allí raptó a la niña de siete años de edad identificada como Y.A.S.M., quien se encontraba sobre la vía pública acompañada de otros dos menores de edad.

Sobre las 9:30 a.m. de la misma fecha, la camioneta de placas DBO 960 aún conducida por el señor Uribe Noguera y con la niña S.M. sobre el asiento trasero, entró al edificio Equus 64, del que se retiró solo unos minutos después. Diez minutos más tarde, se registró el ingreso del mismo vehículo y de los mismos ocupantes al edificio Equus 66 ubicado en la carrera 4 A No 66 – 14. En el lugar, el rodante fue parqueado en el sótano y sus ocupantes se dirigieron al apartamento 603, que se encontraba deshabitado y se pudo establecer era de propiedad de la familia del señor Uribe Noguera.

Sobre las 11:00 a.m. del mismo 4 de diciembre de 2016, en el apartamento 603 es recibido personalmente por el señor Rafael Uribe Noguera un servicio de domicilio que le entregó un paquete de cigarrillos, un encendedor y frasco de aceite de cocina común. Cuarenta minutos más tarde el señor Uribe Noguera abandonó el edificio Equus 66 y se dirigió a su residencia en el edificio Equus 64. De este nuevamente tomó curso hacia el apartamento 603 del edificio Equus 66, al que ingresó vestido con ropa diferente a la que traía minutos antes y ahora portando una maleta tipo morral.

Sobre las primeras horas de la tarde el señor Uribe abandonó el inmueble en compañía de dos de sus hermanos.

Posteriormente y en razón de las múltiples diligencias de investigación adelantadas por la policía judicial, sobre las 21:45 horas, aquella ingresó al edificio carrera 4 A No 66 – 14 y escondido bajo el jacuzzi del edificio 603, encontró el cuerpo desnudo y sin vida de la niña Y.A.S.M, bañado en aceite de cocina y con una prenda de color rojo atada a la cintura cerrado por un moño. Según se dijo en el informe pericial de necropsia suscrito por el funcionario del Instituto Nacional de Medicina Legal, la muerte de la menor se produjo por asfixia combinada por sofocación y estrangulamiento, asociados con signos de actividad sexual.

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