Radicado:
1100160000028201603772 NI 281049
Procesado:
Rafael Manuel Uribe Noguera
Denunciante:
De oficio
Delito:
Feminicidio agravado y otros
29
de marzo de 2017, Bogotá.
HECHOS:
Sobre
las 9:00 a.m. el señor Rafael Uribe Noguera abandonó el edificio residencial Equus 64 ubicado en la calle 64 A No 1 A 85 de
la ciudad de Bogotá, conduciendo el vehículo color gris marca Nissan X – Trail
de placas DBO 960. Tomó rumbo hacia el barrio Bosque Calderón en el nororiente
de la misma ciudad y sobre las 9:12 a.m. se ubicó frente al inmueble
identificado con la nomenclatura transversal 4 Este No 59 – 69. De allí raptó a
la niña de siete años de edad identificada como Y.A.S.M., quien se encontraba
sobre la vía pública acompañada de otros dos menores de edad.
Sobre
las 9:30 a.m. de la misma fecha, la camioneta de placas DBO 960 aún conducida
por el señor Uribe Noguera y con la niña S.M. sobre el asiento trasero, entró
al edificio Equus 64, del que se retiró solo unos minutos después. Diez minutos
más tarde, se registró el ingreso del mismo vehículo y de los mismos ocupantes
al edificio Equus 66 ubicado en la carrera 4 A No 66 – 14. En el lugar, el
rodante fue parqueado en el sótano y sus ocupantes se dirigieron al apartamento
603, que se encontraba deshabitado y se pudo establecer era de propiedad de la
familia del señor Uribe Noguera.
Sobre
las 11:00 a.m. del mismo 4 de diciembre de 2016, en el apartamento 603 es
recibido personalmente por el señor Rafael Uribe Noguera un servicio de
domicilio que le entregó un paquete de cigarrillos, un encendedor y frasco de
aceite de cocina común. Cuarenta minutos más tarde el señor Uribe Noguera
abandonó el edificio Equus 66 y se dirigió a su residencia en el edificio Equus
64. De este nuevamente tomó curso hacia el apartamento 603 del edificio Equus
66, al que ingresó vestido con ropa diferente a la que traía minutos antes y
ahora portando una maleta tipo morral.
Sobre
las primeras horas de la tarde el señor Uribe abandonó el inmueble en compañía
de dos de sus hermanos.
Posteriormente
y en razón de las múltiples diligencias de investigación adelantadas por la
policía judicial, sobre las 21:45 horas, aquella ingresó al edificio carrera 4
A No 66 – 14 y escondido bajo el jacuzzi del edificio 603, encontró el cuerpo
desnudo y sin vida de la niña Y.A.S.M, bañado en aceite de cocina y con una
prenda de color rojo atada a la cintura cerrado por un moño. Según se dijo en
el informe pericial de necropsia suscrito por el funcionario del Instituto
Nacional de Medicina Legal, la muerte de la menor se produjo por asfixia
combinada por sofocación y estrangulamiento, asociados con signos de actividad
sexual.

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